Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

66
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Estudio detalle parcela

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público que el Pleno, en sesión ordinaria de 24 de septiembre de 2020, acordó la aprobación definitiva del estudio de detalle de la parcela TS-4 del Área de Planeamiento Incorporado API 4.6-03 “Parque Arroyo Meaques”, a iniciativa de la J.G.L. de 29 de julio de 2020. La parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a dicha aprobación, tiene el siguiente tenor literal:

“Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela TS-4 del Área de Planeamiento Incorporado API 4.6-03 “Parque Arroyo Meaques”, del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, promovido por la sociedad “Stichting Beheer Blueberg”, concretado en el documento presentado el 17 de diciembre de 2018, con NRE 2018/45487, y el documento denominado “Anejos al estudio de detalle de la parcela TS4 del Plan Parcial Arroyo Meaques de Pozuelo de Alarcón”, presentado el 15 de junio de 2020 con NRE 2020/14736, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 a 61 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con las siguientes condiciones que se derivan de los informes sectoriales y técnicos obrantes en el expediente:

1.o Si durante el transcurso de las obras aparecieran restos de valor histórico y arqueológico, deberá comunicarse en el plazo de tres días naturales a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

2.o Cualquier modificación sobre lo previsto en el Estudio de Detalle de la parcela TS-4 del Área de Planeamiento Incorporado API 4.6-03 “Parque Arroyo Meaques” que implique variación en las condiciones de funcionamiento de los emisarios o de las depuradoras requerirá Informe de la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística el presente acuerdo así como la normativa urbanística del Estudio de Detalle”.

Asimismo, se pone en general conocimiento que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 18 de noviembre de 2020 se ha depositado un ejemplar debidamente diligenciado del Estudio de Detalle en el Registro correspondiente de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.

En Pozuelo de Alarcón, a 25 de noviembre de 2020.—El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.

(02/32.788/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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