Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
11-12-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201211-95

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

95
Madrid número 15. Ejecución 127/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 127/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CLAUDIO FERNANDEZ HUERTOS, D./Dña. LUIS BERNAL CORRAL, D./Dña. EMILIO ARIAS FERNANDEZ, D./Dña. OUMAR GAKOU MOUYALE, D./Dña. FILIP JANS, D./Dña. DIEGO GARRIDO PEREZ, D./Dña. ENRIQUE GARRIDO PEREZ, D./Dña. CRISTIAN SCUTURICI RAZVAN, D./Dña. NICOLAE SCUTURICI, D./Dña. WILLIAM EUGENIO ASTUDILLO MUÑOZ y D./Dña. DANIEL AGUSTIN CORDOBA ROJAS frente a MAGARTEL COMUNICACIONES S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a once de noviembre de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de decreto a favor de la parte ejecutante, D./Dña. FILIP JANS, D./Dña. OUMAR GAKOU MOUYALE, D./Dña. DIEGO GARRIDO PEREZ, D./Dña. DANIEL AGUSTIN CORDOBA ROJAS, D./Dña. LUIS BERNAL CORRAL, D./Dña. CRISTIAN SCUTURICI RAZVAN, D./Dña. ENRIQUE GARRIDO PEREZ, D./Dña. EMILIO ARIAS FERNANDEZ, D./Dña. CLAUDIO FERNANDEZ HUERTOS, D./Dña. NICOLAE SCUTURICI y D./Dña. WILLIAM EUGENIO ASTUDILLO MUÑOZ, frente a la demandada MAGARTEL COMUNICACIONES S.L., parte ejecutada, por un principal de 55.664,96 EUROS, más 5.566 euros y 5.566 euros, de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2513-0000-64-0127-20.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada - Juez

DECRETO

En Madrid, a once de noviembre de dos mil veinte.

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2513-0000-64-0127-20 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MAGARTEL COMUNICACIONES S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.005/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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