Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
12-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201212-8

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

8
Madrid número 4. Ejecución 29/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Antonio Rincón Mora, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 29/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Saida Emperatriz Ruiz Silva, frente a QR Grupo Fergo, S. L., y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto número 133 de 2020

En Madrid, a 22 de octubre de 2020.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En los autos número 508/2019, seguidos ante este Juzgado, en fecha 23 de diciembre de 2019, se dictó sentencia por la que, estimando la demanda interpuesta por doña Saida Emperatriz Ruiz Silva, frente a QR Grupo Fergo, S. L., se declaraba la nulidad del despido de la demandante y se condenaba a la empresa accionada a la readmisión de la trabajadora, así como al abono a la misma de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de efectividad del despido hasta la de su incorporación de nuevo a la empresa, y al pago de una indemnización de 3.000 euros, que fue notificada a la empleadora mediante edicto publicado el 27 de enero de 2020.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Declarar que QR Grupo Fergo, S. L., no ha procedido a la readmisión de doña Saida Emperatriz Ruiz Silva en su puesto de trabajo.

2. Ordenar a QR Grupo Fergo, S. L., a que reponga a doña Saida Emperatriz Ruiz Silva en su puesto dentro de los cinco días siguientes, apercibiendo a la ejecutada de que, de no proceder a la reposición o de no hacerlo en debida forma, se adoptarán las medidas del artículo 284 de la LRJS.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con el concepto 2502-0000-64-0029-20, y para pagos en ventanilla 2502-0000-64-0029-20.

Y para que sirva de notificación en legal forma a QR Grupo Fergo, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 27 de octubre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.124/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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