Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
14-12-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-27

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

El artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), dispone que los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Y añade que en los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones.

Solo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el Pleno de la misma, señala el apartado 3 del mismo artículo.

Por su parte, el apartado 5 ordena que las Corporaciones locales consignen en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el boletín oficial de la provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.

De dicha regulación se deduce con claridad que el órgano competente para la determinación de las personas que, en concreto, hayan de desempeñar sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial es la Alcaldía, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes al Pleno para la aprobación de los créditos presupuestarios, la relación de cargos adscritos a tal régimen y las retribuciones asignadas a cada cargo.

El Pleno de este Ayuntamiento, mediante acuerdo de fecha 30 de enero de 2020, modificado por un acuerdo posterior, de fecha 5 de noviembre de 2020, aprobó la relación de los cargos que serían desempeñados en régimen de dedicación exclusiva y parcial, y las retribuciones asignadas a cada uno de ellos. Están incluidos en dicha relación, entre otros cargos municipales, los portavoces de los grupos políticos municipales, con un límite de cuatro y con una dedicación máxima del cincuenta por 100, por la que recibirían una retribución íntegra anual de 25.096,35 euros.

Mantenidas conversaciones con los portavoces interesados, D. Juan Carlos García González, portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Arroyomolinos, ha manifestado su conformidad con que le sea aplicado dicho régimen retributivo.

El ejercicio de ese cargo de concejal y, conjuntamente, el desempeño de las tareas propias de la Portavocía, determinan la ineludible necesidad de designar al Sr. García como concejal en régimen de dedicación parcial dentro del grupo de portavoces, con las condiciones apuntadas, para el correcto y adecuado desarrollo de sus funciones.

Teniendo en cuenta dichas circunstancias y considerando la fundamentación jurídica que ha quedado expuesta, en ejercicio de las atribuciones que me corresponden, por el presente decreto dispongo:

Primero.—Adscribir a D. Juan Carlos García González, en su condición de portavoz del Grupo Municipal de Vecinos por Arroyomolinos, para el desempeño de las funciones propias de esa condición, en régimen de dedicación parcial, al 50 por 100 de jornada, con una retribución íntegra anual de 25.096,35 euros, tal y como recoge el régimen de dedicación acordado por el Pleno de este Ayuntamiento. Esta adscripción será efectiva desde el día 1 de diciembre de 2020, siempre que el portavoz designado hubiera manifestado antes de forma expresa su aceptación.

Segundo.—Las retribuciones por dedicación parcial tienen la consideración de rentas procedentes del rendimiento del trabajo, según la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas, por lo que estarán sujetas a retención, para efectuar la cual correctamente el interesado está obligado a comunicar al Ayuntamiento los datos necesarios para el cálculo de dicha retención.

Tercero.—La designación efectuada será objeto de publicación conforme a la normativa de régimen local y de transparencia.

Cuarto.—Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso de reposición ante esta alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, según los casos, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de ese orden jurisdiccional que resulten territorialmente competentes, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros que se considere procedentes.

Arroyomolinos, a 30 de noviembre de 2020.—La alcaldesa, Ana Millán Arroyo.

(03/32.815/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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