Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
14-12-2020

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Nuevo Baztán. Régimen económico. Calendario fiscal

Mediante acuerdo plenario de fecha 20 de noviembre, se acordó la aprobación del calendario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico del año 2021, que a continuación se relaciona:

Período de cobro en voluntaria:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril de 2021.

— Tasa de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos, desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2021.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2021.

— Impuesto sobre actividades económicas, desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2021.

Fechas de cobro para recibos domiciliados. Las cuotas de los siguientes recibos domiciliados serán cargados en cuenta en las siguientes fechas:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica, día 20 de abril de 2021.

— Tasa de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos, día 20 de agosto de 2021.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, día 20 de agosto de 2021.

— Impuesto sobre actividades económicas, día 20 de noviembre de 2021.

Fechas cobro Sistema Especial de Pagos de Tributos Periódicos:

Los plazos de cobro de este sistema serán diez anuales, que coincidirán con los meses de febrero a noviembre, ambos inclusive, teniendo este último el carácter de cuota de regularización, tanto a favor como en contra del sujeto pasivo. El cobro de cada uno de los plazos se realizará entre los días 1 y 5 de cada mes en la cuenta corriente del sujeto pasivo señalada al efecto.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de reposición previsto en el artículo 108, de la LBRL y artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).

La interposición del recurso de reposición se efectuará al órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, el cual se entenderá desestimado si en el plazo de un mes no recibe notificación alguna.

El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación.

En Nuevo Baztán, a 26 de noviembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco Huecas.

(01/32.925/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-52