Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
14-12-2020

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201214-68

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

68
Madrid. Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Majadahonda

PRESIDENCIA

Calendario de guardias de los Juzgados de Majadahonda para el año 2021, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en el acuerdo 1.28 de la sesión celebrada en el día de hoy, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el martes de cada semana hasta el martes, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.

También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de guardia (J.o) se produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada martes).

Para el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, se seguirá el régimen de sustitución ordinaria existente en este partido judicial, de tal forma que: al Juzgado número 1 coadyuvará el Juzgado número 2; al Juzgado número 2 coadyuvará el Juzgado número 3; al Juzgado número 3 coadyuvará el Juzgado número 4; al Juzgado número 4 coadyuvará el Juzgado número 5; al Juzgado número 5 coadyuvará el Juzgado número 6; al Juzgado número 6 coadyuvará el Juzgado número 7; al Juzgado número 7 coadyuvará el Juzgado número 8; al Juzgado número 8 coadyuvará el Juzgado número 1. Si fuera necesario la colaboración de más Juzgados, serían llamados en el siguiente orden: al Juzgado número 1, los Juzgados número 3, 4, 5, 6, 7 y 8; al Juzgado número 2, los Juzgados número 4, 5, 6, 7, 8 y 1; al Juzgado número 3, los Juzgados número 5, 6, 7, 8, 1 y 2; al Juzgado número 4, los Juzgados número 6, 7, 8, 1, 2, y 3; al Juzgado número 5, los Juzgados número 7, 8, 1, 2, 3 y 4 ; al Juzgado número 6, los Juzgados número 8, 1, 2, 3, 4 y 5; al Juzgado número 7, los Juzgados número 8, 1, 2, 3, 4, 5 y 6; al Juzgado número 8, los Juzgados número 2, 3, 4, 5, 6 y 7, por el orden indicado.

Madrid, a 16 de noviembre de 2020.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.

(03/32.825/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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