Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
15-12-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201215-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7

101
Getafe número 7. Procedimiento 583/2019

EDICTO

Doña María del Carmen Vilumbrales González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 583/2019, instados por procuradora doña Susana María García García, en nombre y representación de don José Pellus Mora, don Fernando Pellus Mora, don Daniel Pellus Mora y don José Pellus Chust, contra Rosa, S. L., en reclamación de acción declarativa de dominio, en los que se ha dictado en fecha 3 de marzo de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 38/2020

En Getafe, a 3 de marzo de 2020.—Vistos por doña Ana García González, magistrada-juez titular de este Juzgado, los autos referenciados, seguidos a instancias de don José Pellus Mora, don Daniel Pellus Mora, don Fernando Pellus Mora, y don José Pellus Chust, como partes demandantes, representados por la procuradora de los tribunales doña Susana María García García y defendidos por el letrado don Manuel P. López Fages, contra la mercantil Rosala, S. L., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, se procede en nombre de S. M. el Rey,

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Susana María García García, en nombre y representación de don José, don Daniel y don Fernando Pellus Mora y don José Pellus Chust, frente a la mercantil Rosala, S. L. y en consecuencia:

1. Se declara la existencia del contrato de compraventa privado de fecha 4 de octubre de 1974 celebrado entre la mercantil Rosala, S. A., y don José Pellus Chust, respecto de la vivienda urbana sita en la calle San José de Calasanz, número 5 de dos portales (hoy portal número 7), planta tercera, puerta A, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Getafe al tomo 727, libro 727, folio 130, código registral único 28085000400391.

2. Se condena a la mercantil demandada a elevar a escritura pública dicho contrato, a fin de poder practicar la inscripción a nombre de don José Pellus Chust y los herederos de doña Teodora Mora Cortecero, cancelando anulando cualquier inscripción o anotación registral que contradiga, grave límite o sea incompatible con la anterior, debiendo sustituirse, para el caso de incomparecencia, la voluntad en el acto de elevación a público, y todo ello con expresa condena en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días, a contar desde el día siguiente de su notificación para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Rosala, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Getafe, a 4 de marzo de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.975/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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