Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
15-12-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201215-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Presupuesto general

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2020, acordó la aprobación inicial del presupuesto general del ejercicio 2021, sus bases de ejecución, y la plantilla del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado presupuesto con su documentación preceptiva permanecerá expuesto en el departamento de Intervención del Ayuntamiento, durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento, con sujeción a lo establecido en el artículo 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Asimismo, el presupuesto podrá ser consultado por cualquier ciudadano a través de la página web municipal, en el enlace https://www.ayto-villacanada.es/tu-ayuntamiento/hacienda/ presupuestos-municipales/

El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villanueva de la Cañada, a 10 de diciembre de 2020.—El alcalde, Luis Manuel Partida Brunete.

(03/34.390/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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