Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
16-12-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201216-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

147
Madrid número 21. Ejecución 157/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 157/2020-M de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA ANA ISABEL SÁNCHEZ BLÁZQUEZ frente a DON MILTON MANUEL BUSTAMANTE CABANILLA sobre reclamación de honorarios, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución en el presente procedimiento de reclamación de honorarios, a favor de la parte ejecutante, DOÑA ANA ISABEL SÁNCHEZ BLÁZQUEZ, frente al demandado DON MILTON MANUEL BUSTAMANTE CABANILLA, parte ejecutada, por un principal de 548,53 euros en concepto de honorarios reclamados.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2519-0000-64-0157-20.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

DOÑA SILVIA PLAZA BALLESTEROS

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a DON MILTON MANUEL BUSTAMANTE CABANILLA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Tablón de Anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.489/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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