Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
17-12-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201217-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

118
Madrid número 24. Procedimiento 201/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 201/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DAVID WEBB LOPEZ frente a MADRID SCHOOL OF MARKETING SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 50 y en la forma del artículo 97.2 de la LRJS SENTENCIA número 269/2020 cuya documentación consta en el soporte audiovisual de grabación y siendo el fallo dictado el siguiente:

FALLO

“Estimo la demanda presentada por D.DAVID WEBB LOPEZ asistido por la letrada D. Francisco Javier Suarez Sanz contra MADRID SCHOOL OF MARKETING SL y FOGASA que no comparecen y en consecuencia:

Condeno a MADRID SCHOOL OF MARKETING SL a abonar a D. D.DAVID WEBB LOPEZ la cantidad de 1.473,15 euros con el recargo establecido en el artículo 29.3 del ET.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MADRID SCHOOL OF MARKETING SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.642/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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