Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
17-12-2020

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201217-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

142
Madrid número 41. Ejecución 35/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 35/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DAVID VALENCIA RODRIGUEZ, D./Dña. JOHANN PINEDA MACHADO, D./Dña. LUIS ANTONIO MARTINEZ PLATERO y D./Dña. JAVIER AGUIRRE CLAUDIO frente a INSTRUCCIONES INNOVA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 16.113,94 euros de principal (que le corresponde a D. DAVID VALENCIA RODRIGUEZ la cantidad de 4.563,62 euros, que resulta de sumar el importe de 4.148,75 euros más el 10% de dicha cantidad que asciende a 414,87 euros; a D. JAVIER AGUIRRE CLAUDIO le corresponde la cantidad de 4.406,17 euros, que resulta de sumar 4.005,61 más el 10% de esa cantidad que asciende a 440,61 euros; a D. LUIS ANTONIO MARTÍNEZ PLATERO le corresponde la cantidad de 4.303,70 euros, que resulta de sumar el importe de 3.912,46 más el 10% de esa cantidad que asciende a 391,24 euros ; y a JOHANN PINEDA MACHADO le corresponde la cantidad de 2.840,45 euros, que resultan de sumar 2.582,23 euros más el 10% de esa cantidad que asciende a 258,22 euros); 1.611,39 euros de intereses y 1.611,39 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado INSTRUCCIONES INNOVA SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INSTRUCCIONES INNOVA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.617/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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