Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
17-12-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201217-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Patronato de Bienestar Social

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Alcobendas. Organización y funcionamiento. Patronato de Bienestar Social. Delegación de funciones

De conformidad a lo preceptuado en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las delegaciones de competencia y su revocación deberán publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencias de este.

Con fecha 3 de noviembre de 2020, el Consejo Rector del Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas adoptó el acuerdo de delegación de competencias en la presidenta del Patronato, del siguiente tenor literal, acuerdo:

“1. Delegar en la presidenta del Patronato de Bienestar Social la competencia para la aprobación de todos aquellos convenios de colaboración que no supongan coste económico para el Patronato, a suscribir con residencias, centros de día u otras entidades de interés para el Patronato de Bienestar Social, con la condición de dar cuenta al Consejo Rector en la siguiente sesión que celebre.

2. Dejar constancia que esta delegación se circunscribe exclusivamente a la aprobación de los convenios de colaboración citados.

3. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la delegación efectuada, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 9.3, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre”.

Lo que se publica en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 9.3, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Alcobendas, a 4 de diciembre de 2020.—La presidenta del Patronato de Bienestar Social, Ofelia Culebradas Bachiller.—La gerente, María Eugenia Jiménez de Frutos.

(03/33.761/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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