Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
18-12-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201218-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

99
Madrid número 39. Procedimiento 13/2020

EDICTO

Doña Trinidad Sánchez Ramos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 39, de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) numéro 13/2020, instados por procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de Coca-Cola European Partnerss Ibéria, S. L. U., contra Restauración Bermini, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 10 de noviembre de 2020 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales don Ignacio Melchor de Oruña, en nombre y representación de la entidad Coca-Cola European Partnerss Ibéria, S. L. U., frente a la mercantil Restauración Bermini, S. L., que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, condenar a la demandada a que abone a la actora la cantidad de cinco mil treinta y siete euros con treinta céntimos (5.037,30 euros), más los intereses legales prevenidos en el art. 7 de la Ley 3/2004, de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales.

Las costas devengadas en la instancia se imponen ala parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, también a la demandada rebelde conforme a lo previsto en el artículo 497 LEC.

La presente sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid. que, en su caso, deberá interponerse por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 39, de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Restauración Bermini, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.845/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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