Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
21-12-2020

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201221-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

15
ORDEN de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplía el importe nominal máximo recogido en la Orden de 11 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen las condiciones de un Programa de Emisión de Pagarés de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 11 de febrero de 2020, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar un Programa de Emisión de Pagarés por importe nominal máximo de 500.000.000,00 euros.

En virtud del citado Acuerdo, y de la autorización de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional de 26 de febrero de 2020, se consideró conveniente por la Comunidad de Madrid la realización de un Programa de Emisión de Pagarés.

Por Orden de 11 de marzo de 2020 de la Consejería de Hacienda y Función Pública, se establecieron las condiciones del Programa de Emisión de Pagarés, por un importe nominal máximo de 500.000.000,00 euros, y con una duración de cinco años desde la citada autorización del Consejo de Ministros. La Comunidad de Madrid ha procedido a la formalización de pagarés para atender necesidades transitorias de tesorería, por el saldo vivo máximo autorizado bajo las condiciones financieras establecidas por la citada Orden de 11 de marzo de 2020.

Por su parte, el Consejo de Ministros, en su reunión de 20 de octubre de 2020, ha autorizado a la Comunidad de Madrid a ampliar el importe del Programa de Emisión de Pagarés en 500.000.000,00 euros quedando su importe nominal máximo en 1.000.000.000,00 euros.

Dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una ampliación del importe del Programa de Emisión de Pagarés hasta un saldo vivo máximo de 1.000.000.000,00 euros. El importe no excede del límite autorizado por el referido Acuerdo.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 41.1.b) de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados para el ejercicio 2020 con los criterios establecidos en el Decreto 315/2019, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 2019 para el año 2020,

DISPONGO

Primero

Realizar una ampliación en 500.000.000,00 euros del importe nominal máximo del Programa de Emisión de Pagarés que queda fijado en 1.000.000.000,00 euros cuyas condiciones e importe inicial fueron aprobados por Orden de 11 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública.

Segundo

Las condiciones financieras de esta ampliación son las recogidas en la citada Orden de 11 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública.

Tercero

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de diciembre de 2020.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D. (Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.

(03/35.045/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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