Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
21-12-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201221-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

177
Madrid número 32. Procedimiento 982/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Fojón Chamorro, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 982/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CAUTAR SERROUKH BENLAALAM frente a SPANISHOMESELLER SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

AUTOS Nº 982/2019

En Madrid a diecinueve de octubre de dos mil veinte.

D/ña. Mª Luisa Gil Meana Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 32 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre cantidad entre partes, de una y como demandante D./Dña. CAUTAR SERROUKH BENLAALAM, que comparece asistido del letrado Don Carlos-Alberto Buiza Guzmán, con Número de colegiado 060768 y otra como demandados SPANISHOMESELLER SL y FOGASA.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 173/2019

FALLO

Que con estimación de la demanda presentada por D./Dña. CAUTAR SERROUKH BENLAALAM, contra SPANISHOMESELLER SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora 2.210 euros por los conceptos de la demanda, así como 221 euros de interés por mora.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia no puede interponerse Recurso de Suplicación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SPANISHOMESELLER SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.072/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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