Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
21-12-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201221-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Mejorada del Campo. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones de las siguientes ordenanzas:

— Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

— Ordenanza reguladora del sistema especial de pagos.

— Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección.

Aprobadas provisionalmente por el Pleno de la Corporación en su sesión de 29 de octubre de 2020, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias contra las mismas durante el período de exposición pública, se entienden definitivamente aprobadas dichas modificaciones, cuyo texto íntegro de la modificación se publica a continuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO POR MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Queda suspendida la aplicación de las tarifas 1 (Tarifa de temporada) y 2 (Tarifa resto del año) de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa para el ejercicio 2021 como consecuencia de la situación derivada de la pandemia por la COVID-19.

ORDENANZA REGULADORA DEL SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS

“Artículo 3.—Los tributos periódicos que integran el SEP son los siguientes:

a) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

b) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

c) Impuesto sobre actividades económicas.

d) Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica.

e) Tasa para la gestión de residuos sólidos urbanos

f) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras.

g) Tasa por instalación de quioscos en la vía pública.

Artículo 10.—El Sistema Especial de Pagos será independiente del resto de los tributos no acogidos a este sistema. Por tanto, todos aquellos tributos acogidos al SEP serán dados de baja automáticamente de su padrón.

El SEP implicará la modificación del calendario de pago vigente para el resto de los tributos, siendo el calendario de pago del SEP el aprobado en la presente ordenanza, el siguiente:

— Primer plazo: 5 de febrero.

— Segundo plazo: 5 de abril.

— Tercer plazo: 5 de junio.

— Cuarto plazo: 5 de agosto.

— Quinto plazo: 5 de octubre.

— Sexto plazo: 5 de diciembre”.

ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN

Artículo 45.3 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Mejorada del Campo (Madrid), quedando con la siguiente redacción:

“Del 15 de febrero al 15 de abril (o día inmediato hábil posterior):

— Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.

— Entrada de Vehículos.

Domiciliados: 15 de marzo.

Del 15 de junio al 15 de agosto (o día inmediato hábil posterior):

— Tasa para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.

— Mercadillo municipal.

Domiciliados: 15 de julio.

Del 15 de septiembre al 15 de noviembre (o día inmediato hábil posterior):

— Impuesto de Actividades Económicas.

— Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos.

— Impuesto sobre Bienes Rústicos.

Domiciliados: 15 de octubre”.

Mejorada del Campo, a 18 de diciembre de 2020.—El concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio, José Javier Santiago Hernández.

(03/35.324/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201221-48