Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
21-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201221-79

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

79
Madrid número 4. Procedimiento 995/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 995/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SEGUNDO FRANCISCO PEREZ TENEMAZA frente a D./Dña. MILAGROS PATRICIA FLORES PAULA, ROAL ESTRUCTURAS DE ASCENSORES SL, D./Dña. LUIS GERARDO ROQUE GARCIA, B&M ESTRUCTURAS DE ASCENSORES SL y D./Dña. FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 283/2020

En Madrid, a veintiocho de octubre de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Ana M.ª Sánchez Macías, Magistrada-Juez, en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social n.º 4 de los de Madrid, los autos n.º 995/2019, seguidos a instancia de D. SEGUNDO FRANCISCO PÉREZ TENEMAZA, asistido por la Letrada D.ª Helga Greu Suciu, frente a B&M ESTRUCTURAS DE ASCENSORES, S.L., y ROAL ESTRUCTURAS DE ASCENSORES, S.L., que no comparecen, habiéndose desistido del juicio frente a D.ª Milagros Patricia Flores Paula y D. Luis Gerardo Roque García y, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, que no comparece, sobre despido y reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En fecha 12/9/2019, D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza presentó demanda frente a B&M Estructuras de Ascensores, S.L., Roal Estructuras de Ascensores, S.L., D.ª Milagros Patricia Flores Paula y D. Luis Gerardo Roque García, cuyo conocimiento, por turno de reparto, ha correspondido a este Juzgado, interesando que se declare que la improcedencia de su despido acordado por la demandada, con los efectos que le son inherentes, así como que se condene a los demandados a que le abonen la cantidad de 794,10 euros en concepto de indemnización por el incumplimiento del deber de preaviso y la suma de 3.149,40 euros correspondientes a pagas extras adeudadas.

SEGUNDO.- Por decreto de 17 de septiembre de 2019, se admitió a trámite la demanda y, ordenándose dar traslado de la misma a los demandados, se convocó a las partes a los actos de conciliación y celebración del juicio, que fueron suspendidos para la citación por edictos de los interpelados y dar intervención al Fondo de Garantía Salarial.

TERCERO.- Celebrados los actos de conciliación y juicio, a los que solo compareció el demandante, en el que desistió de la continuación del procedimiento respecto de D. Luis Gerardo Roque García y D.ª Milagros Patricia Flores Paula, los autos quedaron conclusos para dictar sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO.- D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza prestó sus servicios profesionales para Roal Estructuras de Ascensores, S.L., desde el 13/5/2011 hasta el 18/7/2018, mediante contrato indefinido, como albañil, con la categoría profesional Oficial 2.ª

SEGUNDO.- En fecha 19/7/2018, el demandante comenzó a prestar sus servicios profesionales para B&M Estructuras de Ascensores, S.L., mediante contrato indefinido, como albañil, con la categoría profesional Oficial 2.ª Oficio, por el que devengaba un salario bruto diario, con inclusión de pagas extras, de 52,94 euros.

TERCERO.- Roal Estructuras de Ascensores, S.L., y B&M Estructuras de Ascensores, S.L., tienen su domicilio social en la calle Ocaña, 94, de Madrid. El administrador de Roal Estructuras de Ascensores, S.L., es D. Luis Gerardo Roque García, siendo la administradora de B&M Estructuras de Ascensores, S.L., D.ª Milagros Patricia Flores Paula.

CUARTO.- B&M Estructuras de Ascensores, S.L., mediante carta de 12/8/2019, comunicó a D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza su despido, con efectos desde el 27/8/2019, alegando el descenso persistentes en las ventas y la imposibilidad de poner a su disposición la indemnización, cuyo contenido íntegro damos por reproducido.

QUINTO.- B&M Estructuras de Ascensores, S.L., ha dejado de abonar a D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza la parte proporcional pagas extraordinarias de diciembre de 2018 y julio de 2019 por el tiempo trabajado.

SEXTO.- En fecha 12/9/2019, D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza presentó papeleta de conciliación ante el SMAC frente a B&M Estructuras de Ascensores, S.L., Roal Estructuras de Ascensores, S.L., D.ª Milagros Patricia Flores Paula y D. Luis Gerardo Roque García. El 1/10/2019 se celebró el acto de conciliación, que, ante la incomparecencia de los demandados, respecto de los que no constaba el acuse de recibo de su citación, se tuvo por intentado y sin efecto.

SÉPTIMO.- B&M Estructuras de Ascensores, S.L., se encuentra dada de baja en la Seguridad Social.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza frente a B&M Estructuras de Ascensores, S.L.:

1.- Declaro IMPROCEDENTE el despido de D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza efectuado por B&M Estructuras de Ascensores, S.L., así como extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la fecha de esta resolución.

2.- Condeno a B&M Estructuras de Ascensores, S.L., a pagar a D. Segundo Francisco Pérez Tenemaza las siguientes cantidades:

— 4.076,38 euros en concepto de indemnización por despido.

— 22.711,26 euros de los salarios de tramitación, sin perjuicio de realizar los oportunos descuentos de las sumas que haya podido percibir el demandante en concepto de prestaciones por desempleo o de salarios derivados de la realización de un posterior trabajo.

— 2.221,05 euros correspondientes a retribuciones debidas.

3.- Condenar al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por tales declaraciones, con el límite de la responsabilidad legalmente establecida.

4.- Absolver a Roal Estructuras de Ascensores, S.L., de las pretensiones deducidas en la demanda frente a dicha empresa.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales la cantidad de 300 euros -con n.º 2502-0000-61-0995-19- del Banco Santander-, aportando el resguardo acreditativo, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Por esta sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. LUIS GERARDO ROQUE GARCIA, ROAL ESTRUCTURAS DE ASCENSORES SL, D./Dña. MILAGROS PATRICIA FLORES PAULA y B&M ESTRUCTURAS DE ASCENSORES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.948/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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