Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
22-12-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201222-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 6

115
Navalcarnero número 6. Procedimiento 619/2019

EDICTO

Dña. Andrea Keller Descalzo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 619/2019, instados por la procuradora Dña. Regina Morata Cazorla, en nombre y representación de Dña. Irina Merlusca contra D. Valentín Daniel Cretu, en los que se ha dictado, en fecha 9 de marzo de 2020, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Se aprueban las siguientes medidas definitivas paternofiliales para regular la guardia y custodia y alimentos de la menor Irina Andrea Cretu:

– La atribución en exclusiva del ejercicio de la patria potestad de la menor a su madre Dña. Irina Merlusca, y sin reconocer régimen de visitas del padre con la menor.

– La atribución de la guarda y custodia de la menor Irina Andrea Cretu a su madre Dña. Irina Merlusca.

– D. Valentín Daniel Cretu deberá abonar una pensión de alimentos de 300 euros mensuales a favor de la menor, cantidad que será actualizada cada año de conformidad con el IPC dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que, a tales efectos designe la madre. Deber,á asimismo, el progenitor abonar la mitad de los gastos extraordinarios de la menor.

No se realiza especial imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 5173-0000-39-0619-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Navalcarnero, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 5173-0000-39-0619-19. Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Valentín Daniel Cretu y de acuerdo con 10 dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Navalcarnero, a 9 de marzo de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.402/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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