Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
22-12-2020

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201222-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la financiación de proyectos de investigación Santander-UCM 2019.

BDNS (Identif.): 538950

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar las ayudas en esta convocatoria el Personal Docente e Investigador en servicio activo y con destino en la UCM que reúna los siguientes requisitos:

— Haber presentado como investigador principal (IP) o como CO-IP una solicitud en la convocatoria 2019 de ayudas a “Proyectos de I+D+i”, en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad (extracto publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 13 de septiembre de 2019), o en las convocatorias de Proyectos de Investigación en Salud realizadas mediante Resolución de 28 de diciembre de 2018 y Resolución de 19 de diciembre de 2019 de la Dirección del Instituto de Saludo Carlos III (extractos publicados en el “Boletín Oficial del Estado” de 3 de enero de 2019 y de 26 de diciembre de 2019) que, aun teniendo buena evaluación científica (calificación igual o superior a 70 puntos), no haya alcanzado puntuación suficiente para resultar financiada.

— En la solicitud presentada a las convocatorias relacionadas en el punto anterior debe figurar como entidad beneficiaria la Universidad Complutense de Madrid. En el caso de los proyectos de Investigación en Salud del Instituto Carlos III, también se considerarán aquellos en los que la Universidad Complutense figure como centro de realización de la investigación.

— No participar en ningún proyecto financiado ni en contratos de artículo 83 cuya fecha de finalización, según resolución de concesión, sea posterior al 31 de diciembre de 2020, ni como investigador principal ni como miembro del equipo de investigación. En el caso de los contratos de artículo 83 se eximirá de este requisito cuando el importe acumulado de los mismos no supere la cantidad de 5.000 euros.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene como objeto regular el procedimiento de concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras al Personal Docente e Investigador de la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de proyectos de investigación, de un año de duración.

Las ayudas están dirigidas a financiar propuestas de calidad que no han alcanzado prioridad suficiente para su financiación, que han sido presentadas en la convocatoria realizada mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2019 del procedimiento de concesión de ayudas a “Proyectos de I+D+i”, en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 y en las convocatorias de Proyectos de Investigación en Salud del Instituto de Salud Carlos III correspondientes al año 2019 y 2020 ( realizadas mediante Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2019 mediante tramitación anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020 y Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2020 mediante tramitación anticipada de concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020, respectivamente).

Tercero

Bases reguladoras

http://www.ucm.es/pr108-20

Cuarto

Cuantía

La financiación de la convocatoria, por un importe máximo de 400.000,00 euros, se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria G/6400100/3000, del Presupuesto de la Universidad Complutense de Madrid de 2020, en la que según documento contable número 1001331740, se ha reservado crédito por el importe máximo indicado.

La subvención máxima que se podrá obtener de esta convocatoria será de 12.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A efectos de esta convocatoria se considerará inhábil el periodo comprendido entre el 23 de diciembre de 2020 y el 7 de enero de 2021.

Madrid, a 14 de diciembre de 2020.—El Rector, Joaquín Goyache, P. D. (Decreto Rectoral 19/2019, de 14 de junio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de junio de 2019), la Vicerrectora de Investigación y Transferencia, Margarita San Andrés Moya.

(03/34.804/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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