Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
23-12-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201223-90

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Venturada. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de noviembre de 2020, adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen convenientes. El expediente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Venturada https://venturada.sedipualba.es/

Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobada definitivamente la modificación de la referida ordenanza, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro del texto de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Venturada, a 11 de diciembre de 2020.—El alcalde, Daniel Álvarez Ruiz.

(03/34.412/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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