Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 315

Fecha del Boletín 
28-12-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201228-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

148
Madrid número 32. Procedimiento 1130/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1130/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Dña. Mónica Galle Rodríguez Rodríguez, frente a Grupo Ampuero Servicios y Proyectos, S. L., sobre procedimiento impugnación sanciones (artículos 114 y ss. LPL), se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 18 de noviembre de 2020.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora, Dña. Mónica Galle Rodríguez Rodríguez, de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Laura Fojón Chamorro.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Ampuero Servicios y Proyectos, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.702/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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