Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 316

Fecha del Boletín 
29-12-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201229-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pinto. Régimen económico. Ordenanza fiscal

En sesión del Pleno Municipal de 29 de octubre de 2020 se aprobó inicialmente el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal número 2.16, reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local (en adelante, Ordenanza Fiscal 2.16). La mencionada modificación fue expuesta al público conforme dispone el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante, TRLRHL), a los efectos de que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Habiendo transcurrido treinta días sin que se hayan presentado alegaciones, conforme se establece en el artículo 17.4 del TRLRHL, el acuerdo provisional de 29 de octubre de 2020, de modificación de la Ordenanza Fiscal 2.16, ha quedado elevado automáticamente a definitivo. Por último, la entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza Fiscal 2.16 debe ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo 17.4 del TRLRHL.

La modificación de la Ordenanza Fiscal 2.16 consiste en la derogación de:

a) El primer apartado del artículo 16, “Por puestos de venta en el mercadillo tradicional. … 260,78 euros”, incluido en el epígrafe D) “Puestos de venta fuera de establecimientos comerciales permanentes en terrenos de dominio público”.

b) El epígrafe E), “Instalación de Terrazas de veladores, mesas y sillas en la vía pública”, que se regula en los artículos 18 y 19.

Pinto, a 23 de diciembre de 2020.—El alcalde (firmado).

(03/36.047/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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