Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 317

Fecha del Boletín 
30-12-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201230-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

199
Madrid número 36. Procedimiento 15/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio inmediato sobre delitos leves 15/2020 contra ELADIO JAVIER GONZALEZ VICO por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 9 de junio de 2020.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara FIRME la sentencia dictada en el presente juicio sobre delitos leves, haciéndose las anotaciones oportunas en los libros registro de este Juzgado.

2.- Regístrese como Ejecutoria de Juicio sobre delitos leves con el número 51/20.

3.- Para llevar a efecto la ejecución se acuerda la práctica de las DILIGENCIAS SIGUIENTES:

REQUIERASE al CONDENADO CARLOS ASDRUBAL FERNANDEZ KRAHE a fin de que en el plazo improrrogable de cinco días abone la pena pecuniaria impuesta y que asciende a 48 EUROS, y al CONDENADO ELADIO JAVIER GONZALEZ VICO a fin de que en el plazo improrrogable de cinco días abone la pena pecuniaria impuesta y que asciende a 90 EUROS, debiendo de ingresarlo AMBOS en la cuenta de Consignaciones de este Juzgado con el nº 2556-0000-A1-0015-20 del BANCO DE SANTANDER. En el citado requerimiento se le hará saber cómo, caso de impago, se procederá a realizar exacción de sus bienes, y en la hipótesis de declarar su insolvencia se fijará como responsabilidad personal subsidiaria la de OCHO DIAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD para Carlos y QUINCE DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD para Eladio, que podrá cumplirse mediante localización permanente O INGRESO EN PRISIÓN, llegándose en su caso a ordenar la detención que garantice su efectividad.

Deberán indemnizar a ALCAMPO, de forma mancomunada en la suma de 44,91 EUROS.

Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN dentro de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, o bien, RECURSO DE APELACIÓN DIRECTO dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S. Sª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a ELADIO JAVIER GONZALEZ VICO expido y firmo la presente.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/33.243/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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