Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210102-9

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

9
Madrid número 3. Procedimiento 580/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 580/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JORGE FERNANDEZ CERRO frente a PUBLIMAX A5 SL, MINISTERIO FISCAL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente SENTENCIA nº 183/2020, de fecha 19/11/2020, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

“Estimar parcialmente la demanda interpuesta por don Jorge Fernández Cerro frente a PUBLIMAX A5 S.L. Y FOGASA y en consecuencia, acuerdo declarar la nulidad del despido con la obligación de la empresa de readmitir al trabajador, abonando los salarios de trámite a razón de 41,68 euros diarios.

Se desestima la acción de indemnización de daños y perjuicios interesada por vulneración de derecho fundamental.

Se condena a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.190,96 euros, que devengará el interés prevenido en el artículo 29.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, con la responsabilidad subsidiaria del FOGASA para el supuesto de insolvencia.

Notifíquese a las partes haciendo saber que no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar del siguiente a su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PUBLIMAX A5 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.775/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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