Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210104-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3

71
Navalcarnero número 3. Procedimiento 355/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso número 355/2018, entre doña RABIAA LAARIBI y don SEDDIK EL BAZ, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 10/10/2019 y auto aclaratorio de fecha 25/10/2019 con el siguiente contenido en el fallo:

FALLO

ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Epifanía Esther Ginés García-Moreno, en nombre de doña RAABIA LAARIBI frente a don SEDDIK EL BAZ y, en consecuencia, MODIFICO la sentencia 118/2015, de 28 de septiembre, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.o 3 de Navalcarnero en sus autos de divorcio contencioso 70/2014, para lo cual ACUERDO:

1.o) LA PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD de don SEDDIK EL BAZ sobre su hijo Aiman el Baz y su atribución en exclusiva a la madre, doña RAABIA LAARIBI.

2.o) DEJAR SIN EFECTO la prohibición de salida de territorio nacional del menor Aiman el Baz sin el previo acuerdo de los progenitores.

El resto de estipulaciones se mantienen conforme a lo establecido en la sentencia modificada.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a partir del siguiente a la notificación de esta resolución, del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerda, manda y firma D. Pedro Duque Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.o 3 de Navalcarnero. Doy fe.

PARTE DISPOSITIVA

Se estima la petición formulada por la representación de doña RABIAA LAARIBI AGUHID de rectificar la Sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 10/10/2019, en el sentido de que: en todos aquellos párrafos en los que figura el nombre de la demandada como doña RABIAA LAARIBI debe figurar el nombre completo de doña RABIAA LAARIBI AGUHID.

Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquella de la que trae causa la presente y llévese testimonio a los autos principales.

Y para que sirva de notificación a don SEDDIK EL BAZ, expido y firmo la presente en Navalcarnero, a dieciocho de junio de dos mil veinte.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN DE JUSTICIA

(03/35.359/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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