Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210105-97

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

97
Madrid número 6. Procedimiento 487/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 6 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 487/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RICARDO ANTONIO MARTÍN REY, D./Dña. ANTONIO BLAZQUEZ PRIETO y D./Dña. DANIEL LABRADO CRESPO frente a FLASHDANCE SELLADOOR SPAIN STAGE ENTERTAINMENT SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda de DESPIDO y CANTIDAD interpuesta por D. DANIEL LABRADO CRESPO, D. ANTONIO BLAZQUEZ PRIETO y D. RICARDO ANTONIO MARTIN REY frente a FLASHDANDE SELLADOOR SPAIN STAGE ENTERTAINMENT S.L., debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de los actores y siendo imposible la readmisión DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes y CONDENO a la empresa demandada a que indemnice a los demandantes con las sumas de 5.106,17 euros para D. DANIEL LABRADO CRESPO, 7.405,86 euros para D. ANTONIO BLAZQUEZ PRIETO y 4.117,19 euros para D. RICARDO ANTONIO MARTIN REY así como con los salarios dejados de percibir desde la fecha del efectivo despido (27/3/2020) hasta la fecha de la presente Sentencia a razón de 80,73 euros/día para D. DANIEL LABRADO CRESPO, 112,21 euros/día para D. ANTONIO BLAZQUEZ PRIETO y 106,94 euros/día para D. RICARDO ANTONIO MARTIN REY, deduciendo los salarios que hayan podido percibir por empleos posteriores al despido, así como a abonar D. ANTONIO BLAZQUEZ PRIETO la cantidad de 1683,15 euros y a D. RICARDO ANTONIO MARTIN REY la cantidad de 1390,22 euros, en concepto de salarios y cantidades asimiladas; debiendo ABSOLVER a FOGASA sin perjuicio del art. 33 E.T.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2504-0000-61-0487-20 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

LA MAGISTRADA-JUEZ

Dª. ISABEL SANCHEZ PEÑA

Y para que sirva de notificación en legal forma a FLASHDANCE SELLADOOR SPAIN STAGE ENTERTAINMENT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.820/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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