Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210107-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

116
Madrid número 21. Ejecución 168/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DÑA. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo social nº 21 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución 168/2020-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de Dña. SONIA FELIPE TOVAR frente a ALUDOM MULTISERVICIOS SL y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de la sentencia de 5/10/20 a favor de la parte ejecutante, Dña. SONIA FELIPE TOVAR, frente a la demandada ALUDOM MULTISERVICIOS SL, parte ejecutada, por un principal de 17.535,07 euros, más otros 876,75 euros y 1.753,50 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2519-0000-64-0168-20.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

Dña. SILVIA PLAZA BALLESTEROS

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALUDOM MULTISERVICIOS S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.075/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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