Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210108-128

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

128
Madrid número 24. Ejecución 105/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENÁRGUEZ SALOMÓN, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 105/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NATALIA PINEDO GOMEZ frente a SECESSION INVESTMENTS 1 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en el auto despachando ejecución de fecha 22/07/2020 y el Decreto de medidas concretas de la misma fecha únicamente en el segundo apellido de la demandante, Doña NATALIA PINEDO GOMEZ, consistente en:

Donde dice:

“ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 21/01/2020 se declara la improcedencia del despido de Doña NATALIA PINEDO LOPEZ efectuado por la empresa SECESSION INVESTMENTS 1 SL con efectos desde 28/06/2019, con la obligación de la demandada a la readmisión del trabajador y al abono de los salarios de tramitación.

Y

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Doña NATALIA PINEDO LOPEZ frente a SECESSION INVESTMENTS 1 SL. Por la Reclamación de Cantidad el importe de 1.675,33 euros en concepto de Principal más 67,01 euros más 167,53 euros calculados provisionalmente para intereses y costas”.

Debe decir:

“ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 21/01/2020 se declara la improcedencia del despido de Doña NATALIA PINEDO GÓMEZ efectuado por la empresa SECESSION INVESTMENTS 1 SL con efectos desde 28/06/2019, con la obligación de la demandada a la readmisión del trabajador y al abono de los salarios de tramitación.

Y

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Doña NATALIA PINEDO GÓMEZ frente a SECESSION INVESTMENTS 1 SL. Por la Reclamación de Cantidad el importe de 1.675,33 euros en concepto de Principal más 67,01 euros más 167,53 euros calculados provisionalmente para intereses y costas”.

Y en el Decreto de medidas concretas de la misma fecha:

Donde dice:

“ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de Doña NATALIA PINEDO LOPEZ frente a SECESSION INVESTMENTS 1 SL por la cantidad de 1.969,00 euros, en concepto de principal y de 67,01 euros más 167,53 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.

Debe decir:

“ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de Doña NATALIA PINEDO GÓMEZ frente a SECESSION INVESTMENTS 1 SL por la cantidad de 1.969,00 euros, en concepto de principal y de 67,01 euros más 167,53 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.

Manteniéndose el resto de los pronunciamientos que ambas resoluciones mantienen”.

Y

“PARTE DISPOSITIVA

DECLARO LA EXTINCIÓN de la relación laboral que unía a Da. Natalia Pinedo Gómez con Secession Investments 1 S.L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a la mercantil Secession Investments 1 S.L. a abonar a Da. Natalia Pinedo Gómez en concepto de indemnización la cantidad de 1.795,83 E, así como la cantidad de 2.783.97 E, en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, con carácter previo a la suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en la LRJS”.

Y

“PARTE DISPOSITIVA

Continuar con la ejecución despachada de Sentencia de 21/01/2020 de auto acordando despachar ejecución de Reclamación de Cantidad y Auto de Incidente de no Readmisión de 02/10/2020 a favor de la parte ejecutante, Doña NATALIA PINEDO GOMEZ, frente a la demandada SECESSION INVESTMENTS 1 SL., parte ejecutada, por un principal total de 6.255,13 euros de los cuales corresponden: (1.675,33 euros a la Reclamación de Cantidad, 1.795,83 euros correspondientes a Indemnización y 2.783,97 euros en concepto de salarios de trámite) más 250,2 euros más 625,51 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SECESSION INVESTMENTS 1 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de noviembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.305/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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