Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2021

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210108-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Navarredonda y San Mamés. Régimen económico. Ordenanza tasa cementerio municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés, en su sesión celebrada con fecha 17 de octubre de 2020 aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza municipal que regula la tasa por prestación de servicios en los cementerios municipales de Navarredonda y San Mamés que ha resultado definitiva al no presentarse reclamaciones, durante el período de exposición al público, en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Texto de la modificación:

Artículo 6: Tendrán derecho al servicio del cementerio municipal los solicitantes en los siguientes supuestos:

1. Todas aquellas personas que hayan estado empadronadas en el Ayuntamiento un mínimo de dos años ininterrumpidos y previos al fallecimiento.

2. Todas aquellas personas que tengan arraigo en el municipio y lo soliciten, si bien en este caso la resolución municipal determinará el derecho teniendo en cuenta las capacidades de los cementerios municipales.

Artículo 5, 5.3 la tasa por la presentación de servicios en los cementerios municipales será la siguiente:

1. En la sepultura sin lápida, tasa: 120 euros.

2. En la sepultura con lápida, tasa 420 euros.

Estos precios se actualizarán con el IPC todos los años.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estime conveniente. Lo que se hace público para general conocimiento.

En Navarredonda, a 18 de diciembre de 2020.—El alcalde-presidente, José María Fernández Martín.

(03/36.062/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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