Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210108-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

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Madrid número 85. Procedimiento 924/2019

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia divorcio contencioso número 924/2019, instados por procuradora doña María Jesús Martín López, en nombre y representación de doña Alba Mar Borrego Santos, contra don Jonathan Castro Casilla, en reclamación de divorcio contencioso, en los que se ha dictado en fecha 28 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 203/2020

Madrid, a 28 de septiembre de 2020.—Vistos por la ilustrísima doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, los presentes autos familia divorcio contencioso número 924/2019, seguidos en este Juzgado, a instancias de doña Alba Mar Borrego Santos, representada por la procuradora doña María Jesús Martín López y asistida por el letrado don Lovette Collins Eke, contra don Jonathan Castro Casilla, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora doña María Jesús Martín López, en nombre y representación de doña Alba Mar Borrego Santos, frente a don Jonathan Castro Casilla, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Jonathan Castro Casilla y doña Alba Mar Borrego Santos celebrado el 7 de noviembre de 2013 en Meco (Madrid) con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía de la demandada, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 497.2 de la LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3459-0000-33-00845-20 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-33-0084-20.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L. O. 1/2009 disposición adicional 15).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Jonathan Castro Casilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.189/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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