Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210108-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

95
Madrid número 2. Ejecución 103/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 103/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ARACELI VELASCO VELASCO frente a CENTRO SUPERIOR DE HOSTELERIA DEL MEDITERRANEO MADRID SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución con la siguiente parte dispositiva:

PARTE DISPOSITIVA

- No ha lugar a despachar la ejecución interesada, por encontrarse la entidad ejecutada CENTRO SUPERIOR DE HOSTELERÍA DEL MEDITERRÁNEO MADRID, S.L. en situación de concurso voluntario de acreedores.

- Una vez firme el presente Auto, hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y del escrito solicitando la ejecución, testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, del Auto de extinción de la relación laboral, y de la presente resolución, debiendo comparecer en esta Oficina Judicial la demandante o persona con poder bastante para la entrega de la referida documentación.

- Archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186-1 de la L.R.J.S.).

Así, por este Auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Dña. MARÍA DEL CARMEN CANO MARTÍNEZ

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CENTRO SUPERIOR DE HOSTELERIA DEL MEDITERRANEO MADRID S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de diciembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.230/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210108-95