Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
11-01-2021

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210111-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBREGORDO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

62
Robregordo. Organización y funcionamiento. Retribuciones Alcaldía

Acuerdo de 28 de diciembre de 2020, del Pleno del Ayuntamiento de Robregordo, por el que se aprueba expediente de modificación de las retribuciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de alcalde-presidente, en régimen de dedicación parcial.

9. MODIFICACIÓN RETRIBUCIÓN ALCALDÍA

A la vista de los siguientes antecedentes:

Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente,

ACUERDO

Primero.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y los dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

— El cargo de alcalde-presidente percibirá una retribución anual bruta de 23.000 euros, puesto que al ser un municipio de menos de 1.000 habitantes no existe la posibilidad de una dedicación exclusiva.

Segundo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

— El cargo de alcalde-presidente percibirá una retribución anual bruta de 23.000 euros.

Tercero.—Aprobar y disponer la cantidad de 23.000 euros a la que ascienden las modificaciones de las retribuciones de los miembros de la Corporación.

Cuarto.—Publicar de forma íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el acuerdo del Pleno, adoptado previo Informe de Intervención, a los efectos de su general conocimiento.

Asimismo, publicar la resolución en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.robregordo.com

Quinto.—Notificar dicho acuerdo a los interesados y al Servicio de Personal e Intervención para su conocimiento y efectos.

Dicha propuesta fue aprobada por mayoría absoluta de los miembros de la Corporación Municipal.

Habiéndose aprobado el expediente de modificación de las retribuciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de alcalde-presidente, en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones fijadas en el acuerdo del Pleno de 16 de diciembre, se publica el mismo para su general conocimiento, dada su trascendencia.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Robregordo, a 28 de diciembre de 2020.—La alcaldesa, María Cano García.

(03/36.200/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210111-62