Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
11-01-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210111-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1

88
Parla número 1. Procedimiento 480/2018

EDICTO

DÑA. ESTHER LOPEZ RUANO, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. l.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 480/2018 instados por Procurador D./Dña. SILVIA GARCIA LOPEZ en nombre y representación de D./Dña. IKRAM BENABOUD contra D./Dña. ABDELHADI ES SALAME en reclamación de patria potestad, guardia y custodia y reclamación de alimentos, en los que se ha dictado en fecha 27/11/2019 Sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

“FALLO

Que estimando la demanda de Guarda y Custodia y alimentos interpuesta por la Procuradora Sra. García López, en nombre y representación de Dña. Ikram Banaboud contra D. Abdelhadi Es Salame, debo acordar y acuerdo:

1.- Atribuir la patria potestad del hijo menor, en exclusiva, a Dña. Ikram Benaboud.

2.- Atribuir la guarda y custodia del hijo menor a la madre.

3.- No establecer ningún régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

4.- El padre deberá abonar, en concepto de pensión de alimentos, la cantidad de 100 euros mensuales, de manera anticipada durante los cinco primeros días de cada mes, con la actualización que experimente el IPC como lo determine el INE u organismo que lo sustituya.

En cuanto a los gastos extraordinarios, serán abonados al 50 % por ambos progenitores.

Y todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes.”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. ABDELHADI ES SALAME y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Parla, a 11 de noviembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/36.214/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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