Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
11-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210111-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

91
Madrid número 1. Ejecución 172/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR MARÍA AIBAR GALLIZO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo social nº 1 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 172/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. BERTA ISABEL DÍAZ DE BLANCO frente a VOC1602 y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución cuya pate disposición:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 25.552,65 euros de principal y 2.555,26 euros calculados provisionalmente para de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado VOC1602, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a VOC1602, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.520/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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