Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

108
Madrid número 32. Ejecución 116/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 116/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUCIA GARCIA BARBERO y D./Dña. LUCIA GARCIA CABRERO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y ECOCENTROS VERIDE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de fecha 15/12/2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a DON LUCIA GARCIA CABRERO con ECOCENTROS VERIDE, S.L.U, S.L., con efectos de15.12.2020, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

NOMBRE TRABAJADOR: DON LUCIA GARCIA CABRERO.

INDEMNIZACIÓN: 1030,89 euros.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 3.433,02 euros de los que deberá descontarse la cantidad percibida por desempleo entre el 1.02.2020 y el 2.02.2020 y del 2.02.2020 al 15.05.2020.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Y para que sirva de notificación en legal forma a ECOCENTROS VERIDE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.888/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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