Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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EXTRACTO de la Orden 238/2020, de 3 de diciembre, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan para el año 2020 ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público-privada en materia de I + D + I mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por núcleos de innovación abierta en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3), de la Comunidad de Madrid.

BDNS (identif.): 542745

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en página web http://www.comunidad.madrid (apartado Servicios y Trámites de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.)

Primero

Beneficiarios

Agrupaciones que estarán constituidas como mínimo por:

— Una empresa tractora, que tendrá que ser gran empresa.

— Tres empresas consideradas Pyme, de las que, al menos, una deberá cumplir con los requisitos de empresa joven e innovadora (“startup”).

— Un organismo de investigación y difusión de conocimientos o una Universidad, en caso de ser solo uno, deberá ser público, en caso de que participen dos o más organismos de investigación o universidades, al menos uno de ellos será público.

Segundo

Finalidad

Ayudas destinadas a agrupaciones que realicen Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, Proyectos de investigación industrial o Proyectos de desarrollo experimental, en alguna de las siguientes áreas temáticas:

A. Área Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.

B. Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.

C. Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).

D. Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2830/2018, de 24 de julio, del Consejero de Educación e Investigación por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en áreas de importancia estratégica para la economía madrileña mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por Núcleos de Innovación Abierta en la Comunidad de Madrid (“HUBS” de Innovación), en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

Cuarto

Dotación de la convocatoria

La financiación de esta convocatoria, cuyo importe es de 5.000.000 de euros, se realizará con cargo a la partida 79002 “Planes específicos de I+D+i. Transferencia de tecnología” del Programa 466A “Investigación” del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, conforme a la siguiente distribución:

— 0 euros en el año 2020.

— 2.500.000 euros en el año 2021.

— 2.500.000 euros en el año 2022.

Quinto

Presupuesto y duración de los proyectos

Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto anual medio de entre 2.000.000 y 8.000.000 de euros.

Los proyectos tendrán una duración de veinticuatro meses.

Sexto

Determinación de la cuantía de la subvención

Las ayudas de este programa consistirán en subvenciones directas sobre los gastos que resulten subvencionables, con un límite máximo total de ayuda de 1.250.000 euros/año a un proyecto.

La cuantía de la ayuda que corresponderá a cada entidad participante en el proyecto podrá oscilar entre un 25 y un 80 por 100 de los gastos que resulten subvencionables en función del tipo de proyecto y del tamaño de la empresa.

Septimo

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de diciembre de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

(03/48/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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