Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 6

66
Móstoles número 6. Procedimiento 1347/2019

EDICTO

Don Julio Romeral Gil, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1347/2019, instados por la procuradora doña Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de Pagaralia, S. L., contra don Luis Alfonso Fernández Ortiz, en los que se ha dictado en fecha 23 de diciembre de 2020 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 390/2020

Móstoles, a 23 de diciembre de 2020.—Vistos por la ilustrísima señora doña Elena Cortina Blanco, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Móstoles y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado con el número 1347/19, a instancia de Pagaralia S. L., representada por la procuradora doña Inés María Álvarez Godoy, y asistida por la letrada doña Debora Sarrión Carbonell, contra don Luis Alfonso Fernández Ortiz, sin representación ni defensa técnica en estos autos, estando declarada su rebeldía, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de Pagaralia S. L., en los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado contra don Luis Alfonso Fernández Ortiz, se condena al demandado a que abone a la actora la cantidad de 8.176,57 euros, así como los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda en este Juzgado, intereses que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta su pago o consignación y todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Luis Alfonso Fernández Ortiz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 23 de diciembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.455/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-66