Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210114-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

160
Alicante número 1. Ejecución 3/2020

EDICTO

D. José Agustín Rife Fernández-Ramos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado bajo el número 3/2020 por despido y cantidad instado por CARMEN LAVINIA SEVA VICTORIA, contra SUMOWARE S.L., se ha dictado diligencia de fecha quince de diciembre de dos mil veinte cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

La extiendo yo, el Letrado de la Administración de Justicia, para hacer constar la entrada del anterior escrito presentado por la parte demandante, únase a los autos de su razón, y a la vista de su contenido y el estado de las actuaciones, y conforme a lo preceptuado en el artículo 238 y concordantes de la vigente LRJS 36/2011. Requiérase de comparecencia de ampliación de ejecución a ambas partes para el día 28/01/2021 a las 10:30 de su mañana con la prevención de que en caso de no comparecer la actora se procederá al archivo de las actuaciones y caso de no hacerlo la demandada se celebrará el acto sin su presencia. Advirtiendo a las partes de que deberá comparecer con 10 minutos de antelación a la hora señalada para la Diligencia de Identificación ante el Letrado de la Administración de Justicia en la secretaría de este Juzgado (artículo 82.2 LRJS 36/11).

Y para que sirva de notificación en forma a SUMOWARE S.L., cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue en calle Sagasta nº 8 de Madrid expido el presente en Alicante a quince de diciembre de dos mil veinte para su inserción en el B.O.P.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/35.044/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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