Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2021

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210115-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

15
RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan tres becas a estudiantes con discapacidad dentro del programa de becas de la Fundación ONCE-CRUE para el curso 2020-2021.

BDNS: 543.663

Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos de 28 de diciembre de 2020 por la que se convocan 3 becas a estudiantes con discapacidad dentro del programa de becas de la Fundación ONCE-CRUE para el curso 2020-2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán optar a esta beca los alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos que reúnan los siguientes requisitos:

Requisitos generales:

— Estar en posesión del certificado acreditativo de discapacidad igual o superior a 33 por 100.

— Estar matriculado en la asignatura Prácticum de cualquier grado o máster de la URJC (oficial o título propio).

— Haber superado al menos el 50 por 100 de los créditos de la titulación de Grado, o estar cursando un Máster.

— No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad o con la propia URJC, en el momento de disfrutar de la beca.

— Inscribirse en el plazo de inscripción a través de www.becasfundaciónonce.com. Si alguno de los interesados en el procedimiento no pueda acceder a realizar la solicitud en la dirección web indicada, podrá presentar su solicitud en el Registro General de la Universidad Rey Juan Carlos, en cualquiera de sus Registros auxiliares, o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, enviando su solicitud a la Unidad de Atención a Personas con Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, haciendo referencia expresa a la intención de inscribirse en el programa de becas para la realización de prácticas en colaboración con la Fundación ONCE y CRUE.

— La obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Segundo

Objeto

Facilitar el desarrollo de prácticas académicas externas a los universitarios con discapacidad, promoviendo así la mejora de su empleabilidad y su futuro profesional.

Las becas consisten en una dotación de 1.800,00 euros, por un período de tres meses, percibiendo por lo tanto 600 euros brutos mensuales. Este importe será ingresado en el número de cuenta del beneficiario con las retenciones previstas en legislación vigente.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad: https://sede.urjc.es/

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 5.836 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles desde la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La solicitud de las becas deberá realizarse a través de http://becas.fundaciononce.es

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base tercera de la convocatoria.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

El Órgano responsable de la instrucción del procedimiento será el Vicerrectorado de Planificación y Estrategia de la Universidad Rey Juan Carlos que, con el apoyo administrativo de la Unidad de Atención a Personas con Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, acordará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante en virtud de los cuales debe emitirse la resolución final.

Octavo

Resolución y recursos

El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos emitirá Resolución de adjudicación.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes y en los términos del artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o formular recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. No obstante, no se pueden simultanear ambos recursos, de tal manera que si solicitante opta por presentar el recurso potestativo de reposición no podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del primero, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Móstoles, a 28 de diciembre de 2020.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/375/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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