Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210115-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

156
Huelva número 3. Ejecución 56/2020

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 56/2020, a instancias de la parte actora, don Pablo Fernández Rodríguez, contra Redesan Comunication Services, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto, de 9 de diciembre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: procédase a reaperturar y a despachar ejecución contra Redesan Comunications Services, S. L., por la suma de 9.231,05 euros en concepto de principal (7.746,34 euros de principal y 1.484,71 euros de intereses por mora), más la de 1.850 euros, calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos del procedimiento, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Tráigase testimonio del decreto de insolvencia dictado en la ejecución que se sigue en este mismo Juzgado número 241/2018.

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, en el que además, podrá deducir oposición a la ejecución despachada, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta número 1932000030005620, abierta a nombre de este Juzgado en la oficina de Banco Santander (calle Concepción, número 27), de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firmo.—La ilustrísima señora doña María Auxiliadora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.—Doy fe.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación al demandado Redesan Comunication Services, S. L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 9 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.392/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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