Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210115-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 4

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Pozuelo de Alarcón número 4. Procedimiento 171/2018

EDICTO

Doña Cristina Aniceto Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 171/2018, instados por el procurador D. Noel Alain de Dorremochea Guiot, en nombre y representación de Arkoi Concursal SLP (administradora concursal de la sociedad Petrolara 2016, S. L,. contra Petro Faustol, S. L., en reclamación de 62.551 euros, en los que se ha dictado, en fecha 15 de diciembre de 2020, sentencia condenatoria, cuyo fallo literal es el siguiente:

“Que estimó íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de Petrolara, S. L., y condeno a Petro Fausto, S. L., a pagarle 65.551 euros, con los intereses previstos en la Ley 3/2004, más las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 5169-0000-00-017l-18 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Pozuelo de Alarcón, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 5169-0000-00-0171-18.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. El magistrado-juez”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Petro Faustol, S .L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Pozuelo de Alarcón, a 15 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.470/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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