Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210118-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

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Alcobendas. Urbanismo. Ordenanza edificación, construcciones e instalaciones

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado 23 de junio de 2020, acordó aprobar el Proyecto de la Modificación número 5 de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones, elaborado por los servicios técnicos municipales con el objeto de flexibilizar las condiciones exigibles a los locales para su transformación a viviendas, incorporar criterios de sostenibilidad para la mejora del drenaje urbano, crear espacios de aparcamiento de bicicletas en las nuevas edificaciones así como completar la regulación actual con precisiones de carácter técnico que permitan resolver los problemas planteados en la aplicación de la ordenanza y adaptar su texto a la normativa vigente en materia de edificación y a la restante normativa sectorial aplicable. Igualmente, la Junta de Gobierno acordó elevar el citado Proyecto de Modificación número 5 de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones, acompañado del expediente íntegro tramitado, a la Comisión plenaria competente de conformidad con lo establecido en el artículo 195 del Reglamento Orgánico del Pleno de Alcobendas.

De esta forma, en la Comisión Permanente de Urbanismo y Ciudad, en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2020, se puso a disposición de los grupos políticos el Proyecto de Modificación, estableciendo un plazo hasta el 8 de octubre de 2020 para la presentación de enmiendas a dicha modificación. El 20 de octubre se ha dado traslado del expediente completo por la Secretaría General del Pleno, a fin de continuar su tramitación al haber finalizado el plazo de presentación de enmiendas sin que se haya presentado ninguna.

Por lo anterior, visto el texto del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local así como los informes que obran el expediente y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 123.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, este Pleno Municipal, acuerda:

1. Aprobar inicialmente la Modificación número 5 de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones, elaborada por los servicios técnicos municipales con el objeto de flexibilizar las condiciones exigibles a los locales para su transformación a viviendas, incorporar criterios de sostenibilidad para la mejora del drenaje urbano, crear espacios de aparcamiento de bicicletas en las nuevas edificaciones así como completar la regulación actual con precisiones de carácter técnico que permitan resolver los problemas planteados en la aplicación de la ordenanza y adaptar su texto a la normativa vigente en materia de edificación y a la restante normativa sectorial aplicable.

2. Someter el expediente a información pública durante un plazo de treinta días para la formulación, en su caso, de reclamaciones y sugerencias mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como mediante la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local”.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (2.a planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas reclamaciones y sugerencias estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 7 de enero de 2021.—El secretario general de Pleno accidental, Francisco Coronado Martínez.

(03/326/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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