Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210119-45

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7

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Getafe número 7. Procedimiento 401/2019

EDICTO

Dña. M.a del Carmen Vilumbrales González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 401/2019, instados por la procuradora Dña. Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de Crealsa Investiments Spain, S. A., contra D. Carlos Muñoz Cardeñosa en reclamación de 2.793,00 euros, en los que se ha dictado, en fecha 13 de noviembre de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Estimar íntegramente la demanda formulada por la procuradora Sra. Álvarez Godoy, en nombre y representación de la mercantil Crealsa Investments Spain, S. A., frente a D. Carlos Muñoz Cardeñosa y, en consecuencia:

1. Condenar al demandado al pago de dos mil setecientos noventa y tres euros (2.793,00 euros).

2. Condenar al demandado al abono del interés pactado desde la fecha de vencimiento de efecto cambiarlo.

3. Condenar al demandado al pago de las costas del proceso.

Notifíquese esta resolución a las partes. Contra la misma no cabe recurso alguno por razón de la cuantía.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Carlos Muñoz Cardeñosa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 17 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/237/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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