Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210121-88

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

88
Madrid número 32. Procedimiento 1161/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1161/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GEMA PILAR DE LA TORRE GARCIA frente a D./Dña. JULIA GARRIDO SALVANES sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A. D./Dña. Mª LUISA GIL MEANA.—En Madrid, a diecisiete de noviembre de dos mil veinte.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se procede a señalar nuevamente para la celebración de los actos de conciliación si procediera, y juicio en su caso, la audiencia del día 22/01//2021 a las 12:50 horas de su mañana, debiendo citarse a las partes.

Para el supuesto de que las partes quisieran conciliarse podrán comunicárselo al Juzgado para realizar la misma en sede judicial, así como presentar acuerdo de homologación vía lexnet.

Dada cuenta, conforme instrucciones dadas por la Magistrada, se procederá a la celebración DE LA VISTA DE FORMA TELEMATICA, debiendo las partes aportar al Juzgado los datos necesarios para la conexión el día del juicio, aportando teléfono de contacto, así como dirección email válido al menos tres días antes de la fecha señalada para el juicio y las identificaciones deberán ser remitidas al correo del Juzgado (social32mad@madrid.org) al menos tres días antes de dicha fecha con el fin de preparar las actas. Asimismo se insta a las partes para que soliciten y aporten la prueba estrictamente necesaria para la celebración de la vista y en el caso de aportar testigos y peritos aporten igualmente teléfono y dirección email válido de conexión, conforme instrucciones de la Magistrada.

Con respecto a la prueba que ya fue propuesta y admitida, deberá estarse a lo acordado en el decreto de 25/10/2019.

La TESTIFICAL DEL INTERROGATORIO DEL LEGAL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA acordada, se realizará el día de la VISTA TELEMATICA, por lo que la parte demandada deberá cumplir con los requisitos expuestos anteriormente para la celebración de la misma.

Si se propusieran nuevas pruebas (así como las sentencias ilustrativas si las partes consideran) deberán ser solicitadas y aportada vía lexnet con DIEZ DIAS de antelación a la vista, debido a la excepcionalidad de la situación, como ya se ha hecho constar.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2805-0000-00-1262-19 y para pagos en ventanilla 2805-0000-00-1262-19.

Lo manda y firma S. Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JULIA GARRIDO SALVANES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.513/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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