Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210129-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

118
Madrid número 33. Procedimiento 918/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. FERNANDO BENÍTEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA, en sustitución legal, del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 918/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. GONZALO NICOLAS LLOVERAS frente a VILLA MITRE S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimo la demanda formulada por D. GONZALO NICOLAS LLOVERAS declaro la improcedencia del despido efectuado el 30/06/2020 por el empresario VILLA MITRE S.L. y, previa extinción de la relación entre las partes, le condeno a indemnizarle con la suma de 6.593,97 euros de los que se deducirán los ya percibidos 3.689,26 euros. Asimismo deberá abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del cese hasta la notificación de esta sentencia.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2806-0000-61-0918-20 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el NIF /CIF de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2806-0000-61-0918-20.

Y para que sirva de notificación en legal forma a VILLA MITRE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de enero de dos mil veintiuno.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, en sustitución legal.

(03/217/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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