Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
01-02-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210201-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Puebla de la Sierra. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Se hace público a los efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo definitivo de modificación de las ordenanzas a efectos de 2021, que fueron aprobadas provisionalmente por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2020, y aprobadas definitivamente por el pleno de 15 de enero de 2021, se procede a la publicación de las modificaciones realizadas:

ORDENANZA NÚMERO 3 REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURA O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Art. 5.o Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

— Por cada vivienda unifamiliar: 22,00 euros/año.

— Por cada establecimiento comercial: 32,00 euros/año.

— Por la Posada de la Puebla: 100,00 euros/año.

— Por el campamento: 50,00 euros/año.

— Por Alojamientos Turísticos: 30,00 euros/año.

— Por los Talleres de la Madera: 90,00 euros/año.

ORDENANZA NÚMERO 7 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DE APROVECHAMIENTOS COMUNALES

Art. 5.o Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

— Por cada sociedad de cazadores: 500 euros/año.

— Caza autorizada de corzos, unidad: 250 euros/año.

— Cabras y ovejas (mayores de 1 año), unidad: 2 euros/año.

— Vacas, mulas y machos, unidad: 3 euros/año.

— Asnos, unidad: 3 euros/año.

— Colmenas en fincas particulares, unidad: 1 euro/año.

— Colmenas en terreno comunal, unidad: 1,50 euros/año.

En Puebla de la Sierra, a 21 de enero de 2021.—El alcalde, Aurelio Bravo Bernal.

(03/1.865/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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