Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

123
Madrid número 33. Ejecución 122/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 122/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEJANDRO GARRIDO MARTIN y D./Dña. JESUS ANTONIO GARRIDO MARTIN frente a PROYELECTRA, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de insolvencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago a:

D. JESUS ANTONIO GARRIDO MARTIN de 7.518,18 EUROS de principal.

D. ALEJANDRO GARRIDO MARTIN de 9.936,28 EUROS de principal.

Haciendo un principal total de 17.454,46 euros, además de 1.047 euros de intereses y 1.745 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado PROYELECTRA, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA EN SUSTITUCION LEGAL

D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROYELECTRA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de enero de dos mil veintiuno.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/309/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-123