Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

80
Madrid número 41. Procedimiento 563/2017

EDICTO

Doña Reyes Gregorio López Jabalera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 563/2017, instados por la procuradora doña María Belén Aroca Flórez, en nombre y representación de BWSun, Sociedad Cooperativa Galega, contra don Antonio Cabrerizo Basulto y ODDA Eventos, S. L., en los que se ha dictado en fecha 25 de noviembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Belén Aroca Flórez, actuando en nombre y representación de la entidad BWSun, S. Coop. Galega, contra la entidad ODDA Eventos, S. L. y contra don Antonio Cabrerizo Basulto, debo condenar y condeno a los demandados al abono solidario a la actora de la suma de 3.993,45 euros en concepto de cuotas adeudadas (2.004,45 euros), factura por el desmontaje y retirada de los equipos arrendados (1.089,00 euros) e indemnización pactada por daños y perjuicios (900,00 euros), más los intereses moratorios pactados en el contrato y hasta el completo abono, siendo su importe a fecha de demanda de 386,81 euros.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación. Póngase en conocimiento de las partes que en el momento de la interposición del recurso de apelación deberán consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, con el concepto “recursos”, la cantidad de 50 euros, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Antonio Cabrerizo Basulto y ODDA Eventos, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—La letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/32.960/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210202-80