Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210203-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

126
Madrid número 20. Ejecución 223/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 223/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA DÉBORA MAESTRE CARRIZO frente a ELECTRO TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, S. A., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 31/7/2020:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DOÑA ALMUDENA ORTIZ MARTIN

En Madrid, a 31 de julio de 2020.

Visto el estado de las presentes actuaciones, resultando que aún queda pendiente de satisfacer un principal, intereses legales y costas provisionales por importe, respectivamente, de 29.568,98 euros, 1.478 euros y 2.956 euros, no constando más bienes de la parte ejecutada susceptibles de embargo al margen de los que, en su caso, han sido ya realizados en estos autos, y constando que la empresa ELECTRO TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, S. A., ha sido considerada insolvente en los autos 451/2019, ejecución 2/2020 del Juzgado de lo Social n.º 16 de Madrid, por resolución firme de fecha 26/2/2020 procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de LJS, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el término de quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a ELECTRO TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, S. A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 11 de enero de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/458/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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