Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210210-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

132
Madrid número 11. Procedimiento 739/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 739/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DORANNY HEREDIA PEREZ frente a THE MIND FOOD SL y D./Dña. ALFONSO PEREZ PETREL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva dispone:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dª Doranny Katiusca Heredia Pérez, contra la empresa THE MIND FOOD S.L. y D. ALFONSO PÉREZ PETREL, en reclamación por despido y cantidad,debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto la demandante el día 7-5-2020, declarando la extinción de la relación laboral existente entre las partes, con efectos de dicha fecha, condenando a los demandados a estar y pasar por la citada declaración, y, a la empresa demandada The Mind Food S.L., a abonar a la actora una indemnización en cuantía de 9.748,42 euros, y otros 10.051,92 euros en concepto de salarios de tramitación, condenando asimismo a la citada demandada, al abono de la cantidad de 2.759,97 euros, por los conceptos salariales y periodos indicados.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Y para que sirva de notificación en legal forma a THE MIND FOOD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.125/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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